
Trata de Personas: a 20 años del Protocolo de Palermo un nuevo riesgo en el horizonte
On 22/07/2020 by adminLa trata de personas es un delito pluriofensivo, que se extiende a lo largo de más de 142 países[i], y que se estima que llega a mover anualmente alrededor de 99.000 millones de dólares[ii], siendo probablemente el más rentable del mundo. Se trata también de un delito fuertemente vinculado a la problemática de género, ya que son las mujeres de distintas edades, que a razón de diferentes factores de riesgo llegan a involucrarse en el círculo de explotación, donde terminarán siendo cosificadas, para convertirse en un número más, dentro de la cifra negra que estiman los diferentes organismos.
A partir del año 2000, se establece -a través del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños (mejor conocido como Protocolo de Palermo)-, un estándar universal para los diferentes Estados, quienes deben realizar acciones en el marco de un doble enfoque, pues deben combatir a la “trata delito”, así como garantizar la protección de las víctimas de la “trata violación de derechos humanos”.
Según datos del Informe Global de Trata de Personas 2018 de la UNODC, se registró a nivel mundial más de 24.000 víctimas, de las cuales 49% eran mujeres, 21% hombres, 23% niñas y 7% niños, en el continente Americano, las mujeres y niñas estarían destinadas a las diferentes formas de explotación sexual (prostitución, matrimonio forzado, turismo sexual) y los hombres y niños a la explotación laboral (servidumbre, mendicidad forzada, trabajo forzoso) sobre todo en actividades de agricultura (52%), la industria (35%) y diferentes servicios (13%)[iii].
Mediante la Resolución A/RES/68/192 de 14 de febrero de 2014, la Asamblea General de las Naciones Unidas estableció al 30 de julio como Día Mundial contra la Trata de Personas, a fin de crear en la población, mayor conciencia de la situación de las víctimas y promover y proteger sus derechos. A partir del Protocolo de Palermo fueron 20 años de un avance progresivo a nivel mundial, en los cuales los Estados, los organismos internacionales (UNODC, OIM, OIT, UNICEF, INTERPOL, EUROPOL) y las instituciones de la sociedad civil, invirtieron tiempo y recursos para un combate efectivo del delito.
Sin embargo, bajo la coyuntura del COVID-19 el delito adoptó nuevas facetas: ni siquiera las medidas de prevención no farmacológicas (distanciamiento físico y cuarentenas), evitaron que la trata de personas siga perpetrándose. Según el informe “Análisis del impacto del coronavirus en la línea 145”, elaborado por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) de la Argentina, se estaría utilizando una nueva modalidad para continuar desarrollando las maniobras delictivas[iv].
En ese mismo sentido, la EUROPOL[v] en su informe “Catching the virus cybercrime, disinformation and the COVID-19 pandemic”, alertó que las redes criminales habrían migrado al internet para continuar con esta explotación.
Conforme las proyecciones económicas de diferentes organismos internacionales, la etapa post COVID-19 vendrá acompañada con una serie de conflictos económicos y sociales, en nuestra región en donde el 54% de los empleos son informales. Según datos de la CEPAL, 214,7 millones de personas se encontrarán en situación de pobreza y 83.4 millones en extrema pobreza; proyectándose además una pérdida de 11,5 millones de empleos[vi]. Esta proyección, situaría a millones de personas en un estado de vulnerabilidad por circunstancias sociales y económicas, conforme los indicadores establecidos en las Reglas de Brasilia[vii].
Si bien durante los últimos 20 años, se logró que más de 94 millones de niñas, niños y adolescentes abandonen el trabajo infantil[viii]; todo este trabajo se pone en riesgo, dado que el desempleo y la reducción de ingresos en las familias, serán factores que favorecerán el incrementó del trabajo infantil y las diversas formas de explotación sexual, a lo que se debe sumar la alta tasa de mortalidad producto del COVID-19, por la cual muchas NNA estarán en situación de orfandad y en un estado de vulnerabilidad total.
La etapa Post COVID-19, será el mejor escenario para que las redes criminales amplíen sus fronteras de acción y logren una mayor captación de víctimas, pues se encontrarán con un exceso de mano de obra barata y con personas que, en su estado de necesidad y vulnerabilidad, terminarán siendo víctimas de explotación laboral o sexual.
Esta escena dantesca, deberá ser prevista por los diferentes actores políticos que tenga responsabilidad sobre el tema, ya que -tal como se ha señalado con anterioridad- se incrementan las posibilidades y condiciones para que la trata de personas tome un nuevo impulso. Es por lo anteriormente dicho, que los Estados tienen que tener un plan para aplanar la futura “curva de la trata de personas”, ya sea mediante el fomento a iniciativas particulares de empleo, préstamos con bajos niveles de interés, o programas de empleo masivo; algo que, para Latinoamérica, es casi una utopía.
Los Estados, los organismos internacionales y las instituciones de la sociedad civil, deben empezar a coordinar acciones que impidan, que el trabajo de 20 años llegue a fracasar, pues todo indica que la trata de personas será la próxima pandemia de nuestra región.
Juan Nelson Churqui Aquino
Abogado por la Universidad Mayor de San Andrés, estudiante de la maestría en Derechos Humanos y Democratización (CIEP- UNSAM)
Referencias
[i] El Informe Global de Trata de Personas de la UNODC (2018), fue elaborado con los datos que remitieron 142 países, lo cual representa más del 94% de la población mundial.
[ii] OIT (2014). Ganancias y Pobreza: Aspectos económicos del Trabajo Forzoso. Recuperado el 16 de julio de 2020 de http://ilo.org/wcmsp5/groups/public/—ed_norm/—declaration/documents/publication/wcms_243422.pdf
[iii] OIT (2017). Estimaciones mundiales sobre el trabajo infantil. Recuperado el 21 de julio de 2020 de http://ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_norm/@ipec/documents/publication/wcms_596481.pdf
[iv] Recuperado el 16 de julio de 2020 de https://www.telam.com.ar/notas/202004/454557-menos-denuncias-trata-nuevas-formas-explotacion-sexual-aislamiento.html
[v] EUROPOL (2020), Catching the virus cybercrime, disinformation and the COVID-19 pandemic. Recuperado el 16 de Julio de 2020 de https://www.europol.europa.eu/publications-documents/catching-virus-cybercrime-disinformation-and-covid-19-pandemic
[vi] CEPAL (2020). Coyuntura laboral en América Latina y el Caribe. El trabajo en tiempos de pandemia: desafíos frente a la enfermedad por coronavirus (COVID-19). Recuperado el 16 de julio de 2020 de https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/45557/4/S2000307_es.pdf
[vii] Cumbre Judicial Iberoamericana (2008). Reglas de Brasilia sobre acceso a la Justicia de las Personas en condición de Vulnerabilidad. Recuperado el 21 de Julio de 2020 de https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2009/7037.pdf
[viii] OIT (2020). COVID-19 and child labour: a time of crisis, a time to act. Recuperado el 16 de Julio de 2020 de https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—ed_norm/—ipec/documents/publication/wcms_747421.pdf
