Ley contra el Odio en Venezuela
On 08/06/2018 by adminLa Ley contra el odio es un instrumento legal y político con efectos que van desde la penalización con diez a veinte años de prisión a quienes incurran en “delitos de odio” hasta multas, revocación de concesiones a los medios de comunicación, y graves sanciones a la opinión de ciudadanos y actores políticos. De acuerdo con la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) dicha ley tiene un marco conceptual ambiguo y penalidades excesivas que “producirá un efecto intimidatorio sistémico en el espacio público y las redes sociales de Venezuela”.
El hecho de no tipificar a lo que se refiere con “delitos de odio” puede ser la característica más preocupante de su contenido, ya que aumenta la discrecionalidad de quien establece las sanciones, poniendo fuertes limitaciones a la libertad de expresión. Además, crea una Comisión con atribuciones amplísimas en materia de sanciones y directrices generales que deben ser atendidas por todos los órganos y entes del Poder Público. Dicha Comisión estaría conformada por tres integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), 4 ministros, y representantes principales de los Poderes Judicial, Electoral y Ciudadano (criticados por su parcialidad y vinculación al Poder Ejecutivo). Un panorama de este tipo, entre otras cosas, evidencia la debilidad de las instituciones políticas nacionales que deberían velar por el respeto irrestricto de los derechos de los ciudadanos.
Respecto a su origen, fue aprobada a inicios de noviembre de 2017 por la Asamblea Nacional Constituyente (órgano con plenos poderes creado por iniciativa del Presidente de Venezuela, Nicolás Maduro; a través de un proceso electoral altamente cuestionado por actores políticos y técnicos tanto locales como internacionales) que desconoce al Parlamento venezolano y además asume sus competencias constitucionales. Así, la ley carece de legitimidad ante amplios sectores de la población venezolana y también ha sido rechazada debido a su contenido por diversos organismos internacionales promotores de derechos humanos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (a través del comunicado de prensa de RELE) y también por Human Rights Watch (en los comunicados de su página web).
Del mismo modo, diversas organizaciones de la sociedad civil venezolana vinculadas a la defensa de los derechos humanos y actores políticos de oposición que integran la Asamblea Nacional como titular del Poder Legislativo han manifestado su rechazo por considerar, entre otras cosas, que la aplicación de la ley implica un acelerado distanciamiento del país de estándares mínimos democráticos. En su comunicado en rechazo a la ley, los diputados de la oposición venezolana consideran que la ley “contempla restricciones a la libertad personal; en flagrante violación del derecho al debido proceso y a la presunción de inocencia” previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En la actualidad, la ley ya ha sido utilizada como mecanismo de persecución e intimidación política contra la disidencia. A inicios de enero de 2018 ya habían dos detenidos por protestar contra el gobierno en el estado Carabobo, imputados por el Ministerio Público venezolano por el delito de “instigación al odio” (considerado en la ley). Además, en un acto público en la entrega de su Memoria y Cuenta ante la ANC el presidente Nicolás Maduro pidió utilizar la ley para enjuiciar a dos obispos venezolanos por promover el odio, acción que fue rechazada a través de un comunicado oficial por la Conferencia Episcopal Venezolana.
De lo anterior, se tiene que La ley contra Odio descansa en un andamiaje institucional criticado por su parcialización y falta de legitimidad, además de claras muestras de criminalización y persecución de la disidencia en su contenido. La existencia de instrumentos de este tipo reaviva el debate de pensar la democracia más allá del voto, se trata de pensarla con atención a los valores de pluralidad, libertad y respeto. En cuanto a la libertad de expresión es necesario entenderla no solo como la posibilidad de expresarse sino como el hacerlo sin temor a restricciones, como en diversas oportunidades ha sido expresado por la RELE de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Ángel David Zapata, politólogo y Estudiante de la Maestría en Derechos Humanos y Democratización en América Latina y el Caribe (CIEP/UNSAM)
Referencias:
- Acuerdo de la Asamblea Nacional en rechazo a la Ley contra el Odio. Disponible en: http://bit.ly/2zDpZaw
- Primeros imputados por Ley contra el Odio. Disponible en: http://bit.ly/2mtO2Rw
- Comunicado de Prensa de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Disponible en: http://bit.ly/2ARSgqh
- Observaciones de Foro Penal venezolano a la Ley. Disponible en: http://bit.ly/2D1RcpC
- Opiniones oficialistas sobre la Ley contra el Odio. Disponible en: http://bit.ly/2FsQ4cv / http://bit.ly/2FsQ4cv / http://bit.ly/2qV9TG9
- Opinión de Nicolás Maduro sobre la Ley contra el Odio. Disponible en: http://bit.ly/2llWcK8
- Consideraciones de Foro por La Vida. Disponible en: http://bit.ly/2mtNCKz
- Ley Contra el Odio en Gaceta Oficial. Disponible en: http://bit.ly/2hqcqjH
- Human Rights Watch sobre la ley contra el odio: http://bit.ly/2np1BSr
- Comunicado Conferencia Episcopal Venezolana: http://bit.ly/2DQyXjv
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