La vuelta del ex dictador Alberto Fujimori a prisión por los crímenes de lesa humanidad
On 18/10/2018 by admin
El 3 de octubre el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia del Perú dejó sin efectos jurídicos la Resolución Suprema Nº 281-2017-, que concedía el indulto por razones humanitarias al sentenciado Alberto Fujimori. Acto seguido, ordenó inmediatamente la ubicación y captura para que sea reingresado al establecimiento penitenciario.
De acuerdo a la Resolución emitida por el Poder Judicial[1], el indulto a Alberto Fujimori fue producto de una “negociación política” para evitar la vacancia de Pedro Pablo Kuczynski (fundamento XVI de la Resolución), quien asumió el Gobierno en julio del 2016 con un Legislativo de mayoría fujimorista que -desde el inicio del mandato presidencial presidencia – demostró su desinterés en colaborar con el Ejecutivo a través de la censura de sus Ministros de Estado y poniendo trabas en las decisiones institucionales asumidas por el ex Presidente.
Su imposibilidad de leer adecuadamente los escenarios políticos y su vinculación con Odebrecht por presuntos casos de corrupción llevó a Kuczynski a enfrentarse el 21 de diciembre del año 2017 a un proceso de vacancia por incapacidad moral ante el Congreso de la República. Superó este escenario a través de un pacto político con Kenji y Alberto Fujimori:el bloque del entonces mandatario convenció a nueve congresistas fujimoristas de abstenerse a votar por la vacancia y a cambio el ex Presidente otorgaría el indulto humanitario a Alberto Fujimori, el cual se concedió el 24 de diciembre de 2017, tres días después del proceso que podía dejar a Kuczynski fuera de la presidencia.
La Resolución judicial que deroga el indulto, también señala que este beneficio es una forma de impunidad debido a que afecta el derecho de acceso a la justicia por parte de las víctimas, y contraviene las obligaciones internacionales establecidas en la Convención Americana de Derechos Humanos como es el de investigar, juzgar y sancionar, así como verificar y adoptar las medidas suficientes para que la condena se cumpla íntegramente. Esta afirmación la hace el juzgado al verificar las diversas irregularidades que se observaron en el procedimiento para el otorgamiento del indulto, pues se quebrantó el principio de imparcialidad, celeridad y objetividad al incluir, por ejemplo, al médico tratante de Fujimori como miembro de la Junta Medica Penitenciaria, al elaborarse los informes médicos y sociales sin cumplir con los trámites y requisitos correspondientes, y priorizar su pedido frente a otras solicitudes que ingresaron con anterioridad y que continuaban pendientes de resolver.
Además, la resolución judicial precisa que la Resolución Suprema Nº 281-2017-JUS vulnera el principio de debida motivación ya que si bien el indulto era una medida idónea para salvaguardar la salud del beneficiado, no era estrictamente necesaria dado que existen otras alternativas igualmente eficaces para el respeto de su derecho mientras cumple su condena privativa de libertad. Establece que la decisión asumida por el Ejecutivo no justificó la necesidad imperante de ponerlo en libertad debido a que Fujimori no padece de una enfermedad terminal grave y tampoco se analizó las condiciones carcelarias con las que contaba, ni la forma en que estas afectaban su salud.
Esta decisión judicial fue emitida en la etapa de ejecución de sentencia en el proceso de la Cantuta y Barrios Altos -hechos que fueron considerados por los tribunales nacionales y la Corte IDH como delitos de lesa humanidad y por los que está sentenciado a 25 años de cárcel-, Es un procedimiento poco usual en la actividad judicial debido a que fue un juez penal quien a través de un control difuso analizó la incompatibilidad del indulto con las disposiciones de la Convención Americana de Derechos Humanos y de las decisiones de los órganos que la componen.
Es necesario recordar además, que el indulto a Alberto Fujimori provocó la ruptura de la bancada fujimorista entre los que apoyan a Keiko y a Kenji Fujimori. Este incidente yla difusión de videos donde se negoció la compra de votos en favor de Kuczynski a cambio de contratos de obras públicas se convirtieron finalmente en el punto de quiebre para que el ex mandatario renunciara a la Presidencia del Perú y que ahora este afrontando investigaciones penales -junto con otros funcionarios que intervinieron en el otorgamiento del indulto–.
En la actualidad el panorama en el Perú no es del todo estable, debido a que esta decisión judicial se emite en un escenario donde el Ejecutivo y el Legislativo se encuentran confrontados abiertamente. Además, el Sistema Judicial –entendido como el Poder Judicial y el Ministerio Público– está saliendo de una crisis institucional que no se veía desde los años 90. La detención preliminar de la lideresa de la bancada mayoritaria del país Keiko Fujimori – revocada ayer el 17 de octubre de 2018- por el presunto delito de Lavado de Activos y la aprobación en el Congreso de la ley Humanitaria de la pena o prisión domiciliaria, norma que fue presentada y aprobada en el Parlamento en no menos de 48 horas, sin pasar por un debate previo en las Comisiones del Congreso y con votos del fujimorismo y del partido aprista peruano APRA –cuyo líder político es el ex presidente Alan García–. Esta norma -que aún no entra en vigencia debido que precisa de la promulgación por parte del Ejecutivo y su publicación en el diario el Peruano- permite el arresto domiciliario a los adultos mayores de 65 años, que hayan cumplido hasta un tercio de su condena, salvo en los delitos de terrorismo, traición a la patria, sicariato, feminicidio, violación sexual y narcotráfico agravado; con esta medida no sólo el beneficiado directo será Alberto Fujimori, sino además Vladimiro Montesinos y los integrantes del Grupo Colina.
Mientras todo este escenario intenta aclararse Alberto Fujimori se encuentra internado y con un resguardo de policías esperando que le den de alta para llevarlo nuevamente a prisión, y en las calles se viene promoviendo un marcha contra la promulgación de esta nueva ley y con la consigna de que el Presidente Vizcarra disuelva el Congreso actual y convoque a nuevas elecciones.
Sally Sumico Ccotarma Ttito
Abogada. Magíster en Derechos Humanos y Democratización para América Latina (CIEP/UNSAM).
[1] Para mayor información puede visualizar el control de convencionalidad aquí: https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/4e0364804737a0f2b496ff5d3cd1c288/CS-JSIP-CONTRO-CONVENCIONALIDAD-6-2001.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=4e0364804737a0f2b496ff5d3cd1c288 (recuperado 10 de octubre de 2018)
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